Se aprobó en noviembre

En mayo se pone en marcha el nuevo Código de Convivencia de Rosario: lo que hay que saber

 


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Ignacio Pellizzón


A partir de mayo las reglas del juego en la ciudad de Rosario van a cambiar. La idea de “orden” que tiene en mente el intendente, Pablo Javkin, tendrá su segunda prueba de fuego -después de ponerse en funcionamiento alcohol cero- cuando comience a rodar el nuevo Código de Convivencia, que se aprobó en noviembre del año pasado.

Desde que el Concejo le dio el OK al proyecto para convertirlo en ordenanza y ponerlo en funcionamiento 180 días después, son varias las actividades que se verán reguladas a raíz de la actualización que promueve la novedosa legislación local.

El nuevo régimen se acordó por unanimidad en el Concejo. Se trata de un hecho emblemático e histórico, porque no se modificaba el Código de Faltas desde 1981, además de que se imponen nuevas sanciones que intentarán aggiornar la ciudad acorde a los nuevos tiempos que corren.

El nuevo código incluye derechos vinculados al medio ambiente, el género y la multiculturalidad, entre otras consideraciones.

Entre las propuestas se destacan la posibilidad de que los vecinos realicen denuncias a través de fotos y videos con actas sujetas a aprobación, el recurso de reconsideración ante el departamento ejecutivo, la organización de la justicia administrativa de faltas, la creación de fiscalía de faltas.

Entre las tipologías se advierten las faltas contra los consumidores, la publicidad, los espectáculos públicos, la contaminación, el arbolado público; se incluyen faltas por obras particulares y las que involucran a peatones, entre otras.

También se incorporan las faltas por discriminación, la protección de las mujeres y el colectivo LGTBQ+, las infancias, las personas con discapacidad. Otro de los aspectos que se suma es la protección a los animales.

Entre otros cambios principales, uno de los más significativos, es la desburocratización del Estado. Esta tarea se lleva adelante mediante la digitalización de todas las áreas de la Municipalidad, que permitirán que cada ciudadano pueda dinamizar sus trámites estatales evitando las innumerables trabas históricas. Es decir, que cada uno tendrá un perfil digital.

Lo que es necesario saber
Con puntos muy polémicos, pero que lograron obtener mayoría en el recinto a la hora de la votación, la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck, los resumió de la siguiente manera:
-Cuidacoches o “trapitos”. En base a lo aprobado, se incorpora la figura de la "extorsión". Es decir, de ahora en más, la extorsión pasa a ser una contravención y el municipio tiene competencia para actuar en estos casos.

Para sectores de la oposición macrista, este artículo “es una simulación”, porque “no cambia ni va a cambiar” nada respecto a la actitud de la Municipalidad frente al problema grave. Indican que no se mete con “las mafias” que están en Pichincha, los estadios de fútbol o recitales, porque rechazó todas las propuestas para agravar las sanciones que se presentaron en ese sentido”, destacó el ex concejal, Roy López Molina, tras su aprobación.

Pero, además, para poder sancionar –según lo aprobado- el vecino “va a tener que probar que lo extorsionaron, que lo apretaron”, agregó. Esto traerá dos complicaciones para el ex edil: qué vecino va a poder grabar ese momento de violencia, que es efímero; y segundo, se habla de “extorsión” que tiene una pena de prisión en el Código Penal y no una multa en el Código de Faltas. Por eso dijo que “es cambiar todo para que nada cambie”.

-Juicio por jurado. Es otro tema conflictivo que habrá que ver como se desenvuelve. Según lo que explicó Schmuck se plantea que, en caso de faltas graves, pueda actuar una especie de tribunal de vecinos. “Será en caso de que esté comprometida la seguridad, la salubridad y el interés en general y cuando la sanción económica de la falta sea superior a más de 50 mil pesos”. Esto se aplicará cuando haya faltas graves de tránsito, por ejemplo.

“Es una idea que suena interesante, pero que está pésimamente implementada. Así como aprobó este artículo, es el salvoconducto con el que va a contar un juez o el propio intendente para no intervenir en situaciones graves y tirarle la responsabilidad al vecino, para que sea quien se exponga en algo que debería hacer el Estado mediante sanciones. No es comparable con el de sede penal”, fustigó López Molina tras haberse aprobado el proyecto.

-Construcción. Con relación a construcciones irregulares, la presidenta del Concejo dijo que se incorpora la figura de “la falta urbanística”, que establece sanciones más gravosas a quienes construyen fuera de la normativa. Se plantea mayor rigurosidad en el pago de las multas a los desarrolladores y también a los profesionales que no cumplan con el código urbano. “No es casual que sean los mismos profesionales que aparecen pidiendo excepciones o que se regularicen situaciones cuando ya han incumplido con las normas”.

Desde Ciudad Futura, Jesica Pellegrini, habían señalado a Mirador Provincial que celebraban este artículo, que habilita que se pueda empezar a incorporar una mirada en relación a las violaciones en la normativa urbanística.

“Las faltas urbanísticas que incorporamos permiten generar sanciones muy duras para quienes desarrollan construcciones de envergadura en la ciudad -obras de más de 300 metros cuadrados- que infringen las normas del Código Urbano, que antes no estaban multadas. Hablamos de loteos, cocheras, edificios, locales de uso comercial y no de viviendas particulares”, dijo.

-Contravenciones. Otro punto a destacar es que, ahora, los vecinos podrán asumir una intervención directa en la detección de contravenciones. A partir de la promulgación del nuevo código estarán facultados para aportar material probatorio (fotos o videos) para identificar una falta. Podrán hacerlo a través de medios digitales en forma anónima o aportando sus datos.

-Nocturnidad. Con relación a la noche y fiestas clandestinas, el nuevo código plantea que los eventos masivos en espacios públicos que no tengan autorización y no cumplan con la normativa sean sancionados.

“Lo que sucedía antes de la pandemia era que había fiestas sin ningún permiso y en lugares donde se generaban disturbios y ruidos molestos. Ahora aparece la figura de contravención en estos eventos en espacios públicos”, agregó al explicar la nueva legislación Schmuck.

-Responsabilidad de madres y padres. Es una novedad que se incorpore la responsabilidad sobre hijos menores de edad. En ese sentido, los progenitores deberán reparar los daños que el menor a cargo cometió. Y el menor tendrá la obligación de participar en trabajos comunitarios o de capacitación que tienen como objetivo prevenir para que no vuelva a cometer la falta. “Los padres tendrán que hacerse cargo del daño que causen los hijos”, precisó Schmuck.

En este nuevo Código de Convivencia no aparece sólo la sanción económica, sino que en todo el código está la figura del “principio de reparación del daño”. Es decir, quien cometió una falta, ya sea contra el mobiliario urbano o produciendo un incendio, por ejemplo, tiene que restituir las cosas al estado previo a cometer la falta. “La reparación del daño es obligatoria”, expresa el documento.

-Acoso sexual callejero. Es otro punto novedoso. Ya sea agresiones físicas o verbales, contacto o insinuaciones, comentarios sexuales y seguimientos, será sancionado económicamente y también, como pena complementaria, la realización de actividades educativas y concientizadoras.

-Grupos de entrenamiento físico. Quienes hagan un uso “abusivo” del espacio público serán sancionados. En los parques se puede ver a grupos entrenar, apropiarse del espacio, incluso con una actividad privada de lucro en un lugar público, muchas veces reduciendo el uso a los ciudadanos.

Esto, en teoría, estará regulado. Pero, habrá que esperar a ver si hay actividad de agentes para actuar de oficio o dependen de la voluntad del vecino de denunciar ahora que puede. Lo mismo sucede para eventos sociales, por ejemplo, un festejo de cumpleaños que se salga de la vaina en un parque.



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