Tribunales

Sobreseen a funcionario de Economía en causa por enriquecimiento ilícito

Luis Alfonso Erbes y su esposa, Lucrecia Zuttión, fueron imputados por el delito de Enriquecimiento ilícito en agosto de 2016. A seis años del inicio de la investigación, este miércoles 8 de junio el juez de Garantías de Paraná, José Eduardo Ruhl, resolvió dictar el sobreseimiento de Erbes e instó a Fiscalía a archivar la causa contra Zuttión.


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El detalle de la causa consiste en que Erbes nunca fue formalmente imputado. Durante los seis años que duró el proceso, fue citado en tres oportunidades a entrevistas informales con los fiscales, a las que acudió y respondió a todos los requerimientos que se le solicitaron. El juez dictó el sobreseimiento porque evaluó que Fiscalía no pudo probar el enriquecimiento no justificado señalado en el hecho.

Este miércoles 8 de junio, a seis años del inicio de la investigación y con Erbes sin haber sido formalmente imputado, se dictó el sobreseimiento del hombre y se instó a Fiscalía a archivar la causa contra la mujer.

Al matrimonio se le atribuyó el supuesto delito de Enriquecimiento ilícito de funcionario público. El hecho –por el que Erbes nunca fue imputado y solo fue entrevistado por los fiscales en tres oportunidades durante los seis años que duró la investigación– habría consistido en que “durante sus respectivos desempeños como secretario de Presupuesto y Finanzas del Superior Gobierno de Entre Ríos y fiscal ante el Tribunal de Cuentas de la provincia, Luis Alfonso Erbes y Lucrecia Zuttión, habrían incrementado desproporcionadamente su patrimonio, a partir de la realización de numerosos viajes al exterior y la incorporación de numerosos bienes inmuebles”, que fueron detallados en el relato del hecho.

Ruhl señaló que “corresponde hacer cesar el estado de incertidumbre que pesa sobre los justiciables” y añadió que se procuraba resguardar el derecho de los sospechados a tener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable y al debido proceso, tal como lo solicitó la defensa, a cargo de Franco Azziani Cánepa, Andrés Bacigalupo y Ladislao Uzín Olleros.

Ruhl basó su decisión en los informes contables elaborados por peritos de Fiscalía, del Superior Tribunal de Justicia y de parte, para concluir en que no se pudo determinar el aludido enriquecimiento no justificado del matrimonio. En este sentido, señaló que se incorporaron a la investigación inmuebles que el contador había adquirido con mucha anterioridad. También valoró que ambos poseían capacidad de ahorro en virtud de las remuneraciones que recibían por el trabajo que realizaban legalmente.

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