Los argentinos entre 18 y 70 años están obligados a asistir el día de los comicios. De no hacerlo podrían sufrir sanciones económicas, como también la imposibilidad de realizar varios trámites. Los detalles sobre multas y justificaciones.
Este 13 de agosto se celebraron las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) para elegir a los candidatos que competirán por la presidencia en las elecciones generales del 22 de octubre.
La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años en las elecciones argentinas y tengan domicilio en la provincia, mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.
Quienes estén obligados y no participen de los comicios podrían sufrir sanciones económicas, como también la imposibilidad de realizar varios trámites.
Las multas por no votar varían entre 50 y 500 pesos para los electores mayores de 18 años y menores de 70, según cuántas veces hayan faltado el día de la elección.
Sin embargo, hay tiempo hasta 60 días después del día de los comicios para presentar una justificación ante la Justicia Electoral que los exima de las sanciones.
¿Quiénes están exentos de votar?
Los electores mayores de setenta (70) años.
Los jueces y auxiliares que, por disposición de esta Ley, deban asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.
Si el votante se encontraba a más de 500 kilómetros del lugar donde debía sufragar por “motivos razonables”. Esta causal debe responder a circunstancias imperiosas o atendibles para que puedan ser causa suficiente.
Los que estén enfermos o imposibilitad o por fuerza mayor, debidamente certificada, que les impida concurrir a los comicios. En caso de enfermedad, las personas tendrán 60 días a partir del día de la elección para presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia.
En tanto, las personas que tengan que cumplir tareas laborales el día de la elección tienen el derecho a pedirle a sus empleadores que les otorgue una licencia especial para poder acercarse y cumplir con su obligación. Además, el empleador no podrá descontarle del sueldo las horas perdidas por ir a votar.
Si no voté en las PASO, ¿Puedo votar en las elecciones presidenciales de 2023?
Todos los ciudadanos a votar en las elecciones 2023 y que figuren en el Registro Nacional de Electores tendrán el deber de votar en los comicios generales. Si un elector no concurre a la votación en las PASO del 13 de agosto, está obligado a participar de igual manera el 22 de octubre, según indica el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.