Paraná

Fue condenado por deambular por el barrio con marihuana en su poder

El acusado fue condenado este miércoles a la pena de un año de prisión de ejecución condicional. Fue detenido en un operativo del programa Barrio Seguro que se realizó en barrio Paraná XVI, cuando deambulaba por los pasillos con 243 gramos de marihuana en su poder.


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JLP fue condenado este miércoles 3 de abril por el delito de Tenencia simple de estupefacientes. Así lo dispuso el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Nº 7 de Paraná, Mauricio Mayer, que resolvió hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado que le presentaron el fiscal, Mariano Budasoff, y la defensa del imputado.

El juez declaró a JLP “autor material y responsable del delito de Tenencia simple de estupefacientes en calidad de autor” y, en consecuencia, lo condenó a la pena acordada: un año de prisión de ejecución condicional. También le impuso normas de conducta por el plazo de dos años entre las que se encuentra que deberá realizar trabajo comunitario por una carga total de 96 horas en un establecimiento que la Oficina de Medios Alternativos lo derive y/o realizar un taller de capacitación disponible en OMA por cada año de cumplimiento de las normas de conducta”.

JLP, de 33 años, con domicilio en barrio Paraná XVI, con tres hijos de 14, 9 y 6 años, a cargo, dijo ser consumidor de marihuana, cocaína y alcohol, sin antecedentes condenatorios, fue imputado de que “el 29 de enero de 2024 JLP fue sorprendido por funcionarios del Grupo de Infantería Adiestrada (GIA) de la Policía de Entre Ríos llevando consigo 243 gramos de cannabis sativa envueltos en nylon, mientras transitaba a pie por los pasillos interiores del barrio Paraná XVI, en el marco del operativo policial Barrios Seguros. Al ser sorprendido por la presencia policial, el joven intentó darse a la fuga y descarto el estupefaciente arrojándolo”.

En la audiencia, al imputado se le señalaron las características del juicio abreviado al que voluntariamente se sometió para dirimir su situación procesal, a lo que contestó afirmativamente, como así también a su derecho a ser juzgado en un juicio oral y público y las puntuales consecuencias que le aparejará el acuerdo, a lo que prestó su consentimiento dando a entender que renunciaba al derecho a ser juzgado en juicio oral y público, para finalmente reconocer ser el autor del hecho investigado, manifestando su plena conformidad con la calificación legal y la pena.


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