La defensa de Alan Domínguez había cuestionado la prórroga de la prisión preventiva en la cárcel dispuesta por el juez de Garantías. Fiscalía y querella se opusieron, el juez les dio la razón, rechazó el recurso y confirmó la prórroga dispuesta por su par. El hecho ocurrió en barrio Paraná XVI el 7 de junio.
El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, resolvió el miércoles 16 de octubre rechazar el recurso de apelación que presentaron los defensores oficiales, Fabricio Patat y Pablo Biaggini, contra la resolución del juez de Garantías, Julián Vergara, que el 4 de octubre dispuso la prórroga de la prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, de Alan Domínguez, imputado por el femicidio de Brenda Alvarenga.
El fiscal Leandro Dato y la fiscal María Schmithd sostienen que Domínguez atacó y asesinó a Brenda Alvarenga, de 33 años, el 7 de junio en su casa en el barrio Paraná XVI. Las primeras diligencias investigativas permitieron determinar que el imputado, ex pareja de la víctima, tenía varias denuncias previas por violencia de género y una orden de restricción dispuesta por el Juzgado de Familia el día anterior al hecho. A pesar de eso, según sostienen las acusaciones, ingresó a la casa y la mató frente a un niño de 11 años.
Precisamente el hecho de que haya desobedecido una orden judicial y se haya presentado en la casa de la víctima cuando el día anterior al hecho se lo había notificado de la orden de restricción fue el argumento que se expuso contra la solicitud de morigerar el arresto preventivo. Se destacó que la morigeración en arresto domiciliario requiere de un autocontrol especial, algo que Domínguez ya demostró que no estaría dispuesto a cumplir.
Los defensores públicos cuestionaron la prórroga dispuesta por el juez de Garantías sosteniendo que “los fundamentos no son concretos”, que la “fundamentación es aparente” y que es “contradictoria” con los argumentos que esgrimió en la primera resolución que dispuso el arresto en la cárcel mientras se sustanciaba la investigación. También añadieron que “carece de logicidad” y “desechó la medida alternativa que propuso la defensa”.
En la audiencia estuvo representado el Ministerio Público Pupilar en resguardo del interés de un niño de 11 años que presenció el crimen. La doctora Susana Carnero desarrolló el argumento más sólido contra el pedido de morigeración. Sostuvo que se trata de un chico “aterrorizado, vulnerado” que está contenido con tratamiento psicológico, abordaje que podría ver frustrado con el único acusado fuera del penal. También esgrimió que “existe gran evidencia” de cargo y que el plazo de la prórroga el racional y razonable en relación a la pena en expectativa que enfrenta el acusado.
Cánepa detectó que los riesgos procesales de peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación “se advierten evidentes”, y entendió que del argumento de los defensores se podía advertir que aquello era puesto así que no solicitaron la excarcelación sino la morigeración de la medida de coerción más extrema.