La jueza de Garantías de Paraná, Carola Bacaluzzo, pasó a un cuarto intermedio hasta las 15 de este miércoles para analizar las posiciones de las partes respecto del recurso de Habeas Corpus que presentaron las defensas de Sergio Urribarri y Juan Pablo Aguilera.
Las defensas del ex gobernador, Sergio Urribarri, y la de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, ampliaron este miércoles 20 de noviembre los argumentos del recurso de Habeas Corpus que presentaron por escrito el martes, después de que se conoció la resolución de la Cámara de Casación de Paraná, que dispuso la detención de ambos en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, con prisión preventiva hasta que la sentencia que los condenó en la denominada Causa Compleja quede firme.
Tras escuchar los argumentos de las partes, la jueza resolvió pasar a un cuarto intermedio hasta este mismo miércoles, a las 15, para analizar las posiciones y dar a conocer su resolución. Las defensas solicitaron que se haga lugar al Habeas Corpus en función que la situación procesal de ambos imputados cambió como consecuencia del fallo de la Sala Penal que dispuso hacer lugar al Recurso Extraordinario Federal, en queja, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que revisará el fallo que condenó en la denominada Causa Compleja.
Fiscalía instó el rechazo por cuestiones formales. Sostuvieron que el recurso no encuentra anclaje en el artículo de la Ley de Procedimientos Constitucionales que regula la herramienta, que tiene carácter excepcional. Así, sostuvieron que lo manifestado por las defensas constituye una mera disconformidad con la resolución de la Cámara de Casación, que emitió una resolución ajustada a Derecho.
IGUALDAD
El ex gobernador hizo uso de la palabra tal como el recurso solicitado lo determina y pidió ser tratado de igual manera que cualquier otro ciudadano. “Por mi dignidad y por tanta gente que está viendo. Este es un caso inédito, injusto; pido un poquito de justicia y ese poquito de justicia es ser tratado igual ante la ley” reclamó y añadió: “Apelo a esta instancia para ser tratado en igualdad de condiciones como cualquier entrerriano, ante un Recurso Extraordinario Federal concedido y que no pase esta situación totalmente injusta”.
Urribarri destacó que siempre estuvo ajustado a Derecho, que cumplió con las restricciones que se le impusieron tal cual lo solicitó Fiscalía y resaltó el fallo de la Sala Penal que habilitó el Recurso Extraordinario Federal para ir a la Corte Suprema. El ex gobernador también manifestó: “Jamás imaginé estar en estas circunstancias, a pesar de las afirmaciones erróneas de los fiscales sobre mi riqueza y poder. No tengo nada de lo que ellos dicen. Sí tengo un poder enorme que son mis nietos. Cuando fueron a buscarme, no fui tratado en igualdad de condiciones. Como dijeron mis defensores y sostuvieron a lo largo de este proceso, en muchas circunstancias sentí estar siendo tratado de manera distinta”.
ARGUMENTOS
La defensa de Urribarri, a cargo del letrado de Paraná, Leopoldo Capa, y de los abogados porteños, Fernando Burlando y Javier Baños; y la de Aguilera, en manos de Miguel Cullen, solicitaron en subsidio, en caso de que Bacaluzzo entendiera que no era posible hacer lugar al Habeas Corpus, retrotraiga de oficio la decisión de la Cámara de Casación a la situación en que se encontraban –con prisión domiciliaria, con control de tobillera y manteniendo la caución de 20.000.000 pesos que dispuso el Tribunal de Juicio y Apelaciones–, mientras se resuelve el recurso de queja ante la Corte, o que eleve el recurso de Habeas Corpus al Superior Tribunal de Justicia para que intervenga. Ambas partes hicieron reserva del Caso Federal.
Las defensas tuvieron consideraciones fuertes respecto del fallo de la Cámara de Casación, que ya son conocidos en los Tribunales entrerrianos. En este sentido se destacó que la vocal de Casación, Marcela Badano, es pareja del jefe de los fiscales entrerrianos, Jorge García. Esto fue tomado por los fiscales como una agresión por violencia de género.
La audiencia, si bien se trató de determinar si el remedio procesal propuesto era pertinente para el caso, fue una reedición de tópicos ya discutidos hartamente. Así, se pudo escuchar al Ministerio Público Fiscal (MPF) reiterar lo que considera agravantes de la conducta de los imputados, respecto del fallo del Tribunal de Juicio y Apelaciones que condenó en noviembre de 2022, que fueron utilizados para fundar los riesgos procesales que fueron rechazados primero por el Tribunal que emitió condena, pero fueron acogidos por la Casación, que lo anuló y ordenó la ubicación e inmediata detención y traslado de Urribarri y Aguilera a la cárcel.
La defensa argumentó que no existe de ninguna manera el peligro de fuga y consideró el fallo de la Casación como “arbitrario, infundado, burdo, anticonstitucional y autocontradictorio” entre otros calificativos. También se señaló que lo que se pretendió “desde el inicio de la causa fue una foto de Urribarri preso”.
Los defensores señalaron que la resolución de la Casación responde a “los agravios de las defensas” cuando la resolución que rechazó la prisión preventiva en la cárcel y dispuso lo que en subsidio solicitaron los fiscales, Patricia Yedro, Ignacio Aramberry, Juan Ramírez Montrull y Gonzalo Badano, solo fue recurrida por el Ministerio Público Fiscal. Esto fue entendido como una actitud de animadversión contra los imputados.