La Cámara de Casación concedió el recurso de Impugnación Extraordinario que presentaron las defensas del ex gobernador, Sergio Urribarri; y las de Juan Pablo Aguilera y Pedro Báez.
La medida de Casación permite que lleguen al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia a discutir los fundamentos de la resolución que los envió a la cárcel. El Alto Cuerpo dispondrá la realización de una audiencia para tratar el recurso.
La Cámara de Casación de Paraná, integrada por Marcela Davite y Evangelina Bruzzo –la vocal Marcela Badano está en uso de licencia– resolvió este lunes 25 de noviembre “conceder por ante la Sala Nº1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ la Impugnación Extraordinaria interpuesta el 21 de noviembre de 2024, por Miguel Ángel Cullen y Marcos Rodríguez Allende defensores técnicos del imputado Juan Pablo Aguilera; y por Fernando Burlando, Leopoldo César Cappa, y Javier Ignacio Baños, defensores del imputado Sergio Daniel Urribarri, contra la resolución de esta Cámara del 19 de noviembre de 2024”.
Así, la Cámara abrió a las defensas la posibilidad de que puedan discutir ante el STJ los fundamentos de las resoluciones de la misma Casación, que hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para que los tres condenados con sentencia que no está firme, esperen que la Corte Suprema se expida sobre la condena que se emitió en abril de 2022 en relación a cinco hechos de corrupción, en prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná.
Concomitante, el recurso de Habeas Corpus que presentaron la semana pasada las defensas ante la detención de Urribarri Y Aguilera, va camino a quedar abstracto. Según se pudo reconstruir, El HC lo tendría que resolver el juez de Garantías de Paraná. Santiago Brugo, quien ya se inhibió de intervenir. No obstante, el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Gervasio Labriola, rechazó la inhibición de Brugo y dispuso que sea él quien tiene de resolver. Brugo volvió a inhibirse. Ahora, se espera que Brugo rechace y las defensas se eyecten hacia la Sala Penal.
Este lunes, la Cámara abrió la posibilidad de que las defensas suban un escalón más en su empinada marcha, pero les señaló que los agravios que aquellas les realizaron no eran correctos, no obstante, por una larga jurisprudencia nacional y provincial, cuando lo que se está discutiendo es la libertad de una persona, la balanza se inclina para el lado del imputado.
Las camaristas precisaron que “se destacó, para así resolver, los fundamentos dados por el voto minoritario del Tribunal de juicio, en relación a la situación de los encartados, las pautas legales para la verificación del riesgo procesal, específicamente del riesgo de fuga; asimismo, se analizaron la situación de los encartados, sus posibilidades económicas y de contactos para sustraerse del accionar de la justicia, y la actitud posterior a la condena, explicando la diversa tesitura al respecto, con lo concluido por el voto mayoritario del Tribunal de juicio”.