Juicio abreviado

Cumplirá pena condicional el acusado de disparar en exceso de la legítima defensa

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Alejandro Grippo, dispuso hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado que le presentaron el fiscal y el defensor, consistente en el cumplimiento de la pena de dos años y seis meses de prisión condicional por el delito de Homicidio en grado de tentativa con exceso de la legítima defensa.


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Emiliano Eduardo González, alias Huevi, de 27 años, cumplirá dos años y seis meses de prisión condicional por el delito de Homicidio en grado de tentativa con exceso de la legítima defensa. En la audiencia anterior, que se realizó el martes 19, González había reconocido ante el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Gripo, que disparó e hirió a dos personas en un hecho ocurrido en enero de 2021.

Este martes 26 de noviembre, el juez dio a conocer que dispuso homologar el acuerdo que le presentaron el fiscal, Juan Pereyra, y el defensor de González, el abogado Franco Azziani Cánepa.

La causa comenzó a investigarse bajo la calificación provisoria de Homicidio simple en grado de tentativa, pero después de la investigación y tras analizar la evidencia colectada durante la Investigación Penal Preparatoria (IPP), las partes acordaron el cambio de calificación, inicial y provisoria, por la de Homicidio en grado de tentativa con exceso de la legítima defensa. Por este delito, las partes acordaron que debía aplicarse la pena de dos años y seis meses, de ejecución condicional, más la observación de normas de conducta por dos años, lo que finalmente ocurrió.

En el acuerdo, las partes entendieron que se trató de un caso de exceso en la legítima defensa puesto que se probó que el acusado repelió una agresión en el contexto de una disputa entre dos grupos familiares que están enfrentados por temas de vieja data.

González reconoció ser el autor del hecho ocurrido “el 10 de enero de 2021, siendo aproximadamente las 22.30, en inmediaciones de calle Tadeo Jordán y Guernica de Paraná", donde vivía Marcelo Domingo Vargas.

El juez entendió que más allá del reconocimiento que exige el instituto del juicio abreviado “se ha acreditado certeramente que González, en horas de la noche del 10 de enero de 2021, luego de un conflicto familiar y vecinal, concurrió hacia el domicilio de Domingo Damián Vargas, para luego de recibir una agresión por parte del nombrado Vargas de la que resultó herido por un arma blanca, efectuó disparos con un arma de fuego que blandía, impactando en la humanidad de Vargas y en la de su hijo Marcelo Domingo, provocándole lesiones en sus cuerpos, las que fueran descriptas médicamente”.


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