MIRADOR ENTRE RÍOS
[email protected]
Los alegatos de las defensas continuarán el jueves a partir de las 9.
En la audiencia desarrolla este martes 8 de marzo, en los Tribunales de Paraná, Juan Méndez, defensor de Gustavo Tamay, alias Tacuara; y Miguel Cullen, defensor de Corina Cargnel y de Gustavo Tórtul, solicitaron la absolución lisa y llana de los tres por considerar que sus conductas fueron atípicas, es decir, que no hubo ningún delito en su accionar. Cargnel y Tamay están imputados en la causa conocida como Imprentas, mientras que Tórtul lo está en la conocida como Spots en la Cumbre del Mercosur.
Méndez entendió que quedó probado que Tamay no incumplió con su deber de certificar la cartelería estática en vía pública, para beneficiar a las firmas Tep SRL y Next SRL, propiedad de Juan Pablo Aguilera, según la hipótesis de Fiscalía, y no de los testaferros Emiliano Giacopuzzi, Luciana Almada, Maximiliano Sena y Alejandro Almada, todos imputados en esta causa, para beneficiar además a las de Jesús José María Bustamante y Fernando Montañana, a sabiendas de que aquellas eran de Aguilera.
El defensor sostuvo que Tamay certificaba o verificaba la cartelería in situ, según la normativa vigente, y que no se pudo probar que conociera que las empresas eran de Aguilera. Cuestionó que Fiscalía no pudo presentar pruebas, más que sus presunciones, de que Tamay haya tenido un papel especial por el no cumplimiento de las funciones que se le asignaron. Aseguró que aquel firmaba las certificaciones que realizaba en sus recorridas, añadiendo que no hay pruebas que no realizara su trabajo.
Por su parte, Cullen volvió a criticar a los fiscales y a señalar que en el caso de Cargnel se violaron sus garantías constitucionales. Sostuvo que “realmente es el blanco de todos los agravios constitucionales que se han señalado”, señalando que fue imputada y se pidió una condena de ocho años de prisión por realizar el trabajo estereotipado que realiza cualquier contador, en este caso como contadora de las empresas Tep SRL y Next SRL. También refutó que haya sido la autora de un esquema de retornos mediante el cual las empresas regresaban a las empresas de Aguilera parte de la pauta que cobraban.
Cullen puso en duda la manera en la que llegó un disco externo rígido a manos de la Fiscalía, deslizó que pudo ser plantado, y cuestionó que no se siguió la cadena de custodia del mismo. Del disco rígido, secuestrado en un allanamiento que se realizó el 1° de agosto de 2016 en una casa vecina a la firma Tep SRL, Fiscalía sostuvo que Cargnel lo arrojó por la ventana de un baño mientras se realizaba el procedimiento, pero durante el debate y ante la ausencia de testigos que lo mencionaran, cambió la versión y dijo que aquella lo arrojó antes de que empezara el allanamiento a Tep SRL. Cullen cotejó los horarios del procedimiento, que surgen de las actas, y demostró que si el allanamiento en Tep SRL, en calle Racedo comenzó a las 9.10, la mujer que encontró el disco en una casa en calle Yrigoyen lo hizo entre las 7 y las 8.30, cómo pudo la contadora, a las 7.30, saber que iban a allanar la sede de la empresa para arrojar el disco.
El defensor cuestionó que Fiscalía invierta la carga de la prueba y ponga en espaldas de la imputada tener que demostrar su inocencia. También criticó que si los fiscales tienen todas las facultades que les otorgan las normas, con todas esas armas, se valen de elementos obtenidos ilegalmente, “¿qué les costaba hacerlo bien? ¿por qué no lo hicieron bien?” se preguntó.
[email protected]
Los alegatos de las defensas continuarán el jueves a partir de las 9.
En la audiencia desarrolla este martes 8 de marzo, en los Tribunales de Paraná, Juan Méndez, defensor de Gustavo Tamay, alias Tacuara; y Miguel Cullen, defensor de Corina Cargnel y de Gustavo Tórtul, solicitaron la absolución lisa y llana de los tres por considerar que sus conductas fueron atípicas, es decir, que no hubo ningún delito en su accionar. Cargnel y Tamay están imputados en la causa conocida como Imprentas, mientras que Tórtul lo está en la conocida como Spots en la Cumbre del Mercosur.
Méndez entendió que quedó probado que Tamay no incumplió con su deber de certificar la cartelería estática en vía pública, para beneficiar a las firmas Tep SRL y Next SRL, propiedad de Juan Pablo Aguilera, según la hipótesis de Fiscalía, y no de los testaferros Emiliano Giacopuzzi, Luciana Almada, Maximiliano Sena y Alejandro Almada, todos imputados en esta causa, para beneficiar además a las de Jesús José María Bustamante y Fernando Montañana, a sabiendas de que aquellas eran de Aguilera.
El defensor sostuvo que Tamay certificaba o verificaba la cartelería in situ, según la normativa vigente, y que no se pudo probar que conociera que las empresas eran de Aguilera. Cuestionó que Fiscalía no pudo presentar pruebas, más que sus presunciones, de que Tamay haya tenido un papel especial por el no cumplimiento de las funciones que se le asignaron. Aseguró que aquel firmaba las certificaciones que realizaba en sus recorridas, añadiendo que no hay pruebas que no realizara su trabajo.
Por su parte, Cullen volvió a criticar a los fiscales y a señalar que en el caso de Cargnel se violaron sus garantías constitucionales. Sostuvo que “realmente es el blanco de todos los agravios constitucionales que se han señalado”, señalando que fue imputada y se pidió una condena de ocho años de prisión por realizar el trabajo estereotipado que realiza cualquier contador, en este caso como contadora de las empresas Tep SRL y Next SRL. También refutó que haya sido la autora de un esquema de retornos mediante el cual las empresas regresaban a las empresas de Aguilera parte de la pauta que cobraban.
Cullen puso en duda la manera en la que llegó un disco externo rígido a manos de la Fiscalía, deslizó que pudo ser plantado, y cuestionó que no se siguió la cadena de custodia del mismo. Del disco rígido, secuestrado en un allanamiento que se realizó el 1° de agosto de 2016 en una casa vecina a la firma Tep SRL, Fiscalía sostuvo que Cargnel lo arrojó por la ventana de un baño mientras se realizaba el procedimiento, pero durante el debate y ante la ausencia de testigos que lo mencionaran, cambió la versión y dijo que aquella lo arrojó antes de que empezara el allanamiento a Tep SRL. Cullen cotejó los horarios del procedimiento, que surgen de las actas, y demostró que si el allanamiento en Tep SRL, en calle Racedo comenzó a las 9.10, la mujer que encontró el disco en una casa en calle Yrigoyen lo hizo entre las 7 y las 8.30, cómo pudo la contadora, a las 7.30, saber que iban a allanar la sede de la empresa para arrojar el disco.
El defensor cuestionó que Fiscalía invierta la carga de la prueba y ponga en espaldas de la imputada tener que demostrar su inocencia. También criticó que si los fiscales tienen todas las facultades que les otorgan las normas, con todas esas armas, se valen de elementos obtenidos ilegalmente, “¿qué les costaba hacerlo bien? ¿por qué no lo hicieron bien?” se preguntó.
Además tenés que saber:
+ Noticias
La delegación de “La Invencible”, con 96 preseas, obtuvo el primer puesto en el medallero de la competencia interprovincial disputada en Mar del Plata. El podio lo completaron Córdoba y Río Negro. Los deportistas santafesinos, que compitieron en 36 disciplinas, habían sido elegidos tras participar de todas las etapas de Santa Fe en Movimiento.
En Portada / Entre Ríos
En Portada / Santa Fe