MIRADOR ENTRE RÍOS
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El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, resolvió “declarar que AJP, es autor material y responsable del delito de Homicidio imprudente mediando conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por exceso de velocidad e intoxicación con alcohol y estupefacientes en carácter de autor” y homologó el acuerdo de juicio abreviado que le presentaron Fiscalía y defensa, y lo condenó a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el plazo de ocho años”.
Durante la audiencia de juicio abreviado intervinieron, como representantes del Ministerio Público Fiscal, Mariano Budasoff y Melisa Saint Paul; la querella particular en representación de los padres de la víctima, a cargo de Julio Pedemonte y Cynthia García Rau, y la defensa del imputado.
AJP fue acusado de que “el 2 de febrero de 2019, aproximadamente a las 18.15, sobre calle Antonio Salellas, metros antes de su intersección con calle Alejandro Izaguirre de Paraná”, circunstancias en las que “violó su deber objetivo de cuidado, al conducirse en dirección norte-sur, a bordo del vehículo particular marca Fiat Siena Attractive 1.4, gris champagne; previo consumo de clorhidrato de cocaína, marihuana y alcohol, con un nivel de este último superior al gramo por litro en sangre, y excediendo además el límite de velocidad permitido en la arteria de 60 kilómetros por hora, en al menos 30 kilómetros por hora por encima del mismo”.
La acusación sostuvo que el ahora condenado “bajo estas circunstancias invadió con su automóvil el carril de circulación contraria y se interpuso a la marcha de BDEG, quien circulaba por allí a bordo de la motocicleta marca Guerrero Trip G110, azul; generando la colisión del birodado con el sector frontal derecho del vehículo Fiat”.
Producto del violento choque, “el motociclista golpeó con su cabeza y su pierna derecha contra la zona baja del parabrisas y del guardabarros, respectivamente, del lado derecho del automóvil, saliendo inmediatamente despedido hacia el sureste sobre el borde de calzada oeste. Como resultado de todo ello, la víctima sufrió, entre otras lesiones, severo traumatismo cráneo encefálico con fractura de la base del cráneo que, al poco tiempo de arribar al Hospital San Martín, le causaron su muerte”.
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El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, resolvió “declarar que AJP, es autor material y responsable del delito de Homicidio imprudente mediando conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por exceso de velocidad e intoxicación con alcohol y estupefacientes en carácter de autor” y homologó el acuerdo de juicio abreviado que le presentaron Fiscalía y defensa, y lo condenó a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el plazo de ocho años”.
Durante la audiencia de juicio abreviado intervinieron, como representantes del Ministerio Público Fiscal, Mariano Budasoff y Melisa Saint Paul; la querella particular en representación de los padres de la víctima, a cargo de Julio Pedemonte y Cynthia García Rau, y la defensa del imputado.
AJP fue acusado de que “el 2 de febrero de 2019, aproximadamente a las 18.15, sobre calle Antonio Salellas, metros antes de su intersección con calle Alejandro Izaguirre de Paraná”, circunstancias en las que “violó su deber objetivo de cuidado, al conducirse en dirección norte-sur, a bordo del vehículo particular marca Fiat Siena Attractive 1.4, gris champagne; previo consumo de clorhidrato de cocaína, marihuana y alcohol, con un nivel de este último superior al gramo por litro en sangre, y excediendo además el límite de velocidad permitido en la arteria de 60 kilómetros por hora, en al menos 30 kilómetros por hora por encima del mismo”.
La acusación sostuvo que el ahora condenado “bajo estas circunstancias invadió con su automóvil el carril de circulación contraria y se interpuso a la marcha de BDEG, quien circulaba por allí a bordo de la motocicleta marca Guerrero Trip G110, azul; generando la colisión del birodado con el sector frontal derecho del vehículo Fiat”.
Producto del violento choque, “el motociclista golpeó con su cabeza y su pierna derecha contra la zona baja del parabrisas y del guardabarros, respectivamente, del lado derecho del automóvil, saliendo inmediatamente despedido hacia el sureste sobre el borde de calzada oeste. Como resultado de todo ello, la víctima sufrió, entre otras lesiones, severo traumatismo cráneo encefálico con fractura de la base del cráneo que, al poco tiempo de arribar al Hospital San Martín, le causaron su muerte”.
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