Foto:Archivo.
El diputado de la Coalición Cívica, Sebastián Julierac Pinasco solicitó al Poder Ejecutivo Provincial que proceda a la reglamentación de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.
Se trata de la ley N° 13.230 que fue sancionada por la legislatura el 24 de noviembre de 2011 y que próximamente cumplirá 12 años de vigencia pero que aún no se encuentra reglamentada.
La Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado de la Provincia de Santa Fe.
“Nada de eso se ejecuta, precisamente por la falta de reglamentación”, expresó el legislador provincial.
El artículo 19 de la ley prevé que las normas contenidas en esos capítulos V y VI regirían a los 90 días de la publicación de la ley o desde la fecha en que entre en vigencia la reglamentación si fuere anterior a dicho plazo. “Nada de ello ocurrió. Ni se reglamentó a los 90 días, ni antes de ese lapso. Tampoco se sabe cuándo se va a reglamentar”, agregó Julierac Pinasco.
“Si de ética se trata y se pretende divulgar sus principios, resulta primordial e indispensable proceder a la reglamentación de la ley en sus partes pertinentes. Sólo así se podrá hacer operativa una norma cuyos principios debemos defender”, concluyó.
Acompañaron este proyecto los legisladores Ximena Sola, Betina Florito, Walter Ghione, Fabián Bastia, Juan Cruz Candido, Marcelo González, Jimena Senn y Sergio Basile.
Se trata de la ley N° 13.230 que fue sancionada por la legislatura el 24 de noviembre de 2011 y que próximamente cumplirá 12 años de vigencia pero que aún no se encuentra reglamentada.
La Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado de la Provincia de Santa Fe.
“Nada de eso se ejecuta, precisamente por la falta de reglamentación”, expresó el legislador provincial.
El artículo 19 de la ley prevé que las normas contenidas en esos capítulos V y VI regirían a los 90 días de la publicación de la ley o desde la fecha en que entre en vigencia la reglamentación si fuere anterior a dicho plazo. “Nada de ello ocurrió. Ni se reglamentó a los 90 días, ni antes de ese lapso. Tampoco se sabe cuándo se va a reglamentar”, agregó Julierac Pinasco.
“Si de ética se trata y se pretende divulgar sus principios, resulta primordial e indispensable proceder a la reglamentación de la ley en sus partes pertinentes. Sólo así se podrá hacer operativa una norma cuyos principios debemos defender”, concluyó.
Acompañaron este proyecto los legisladores Ximena Sola, Betina Florito, Walter Ghione, Fabián Bastia, Juan Cruz Candido, Marcelo González, Jimena Senn y Sergio Basile.
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