Desde el 1° de enero, los frigoríficos argentinos pueden exportar carne bovina sin restricciones a partir del vencimiento del decreto 911/2021 que había prohibido la venta de los llamados “7 cortes populares”: asado con o sin hueso; falda; matambre; tapa de asado, nalga; paleta y vacío.
Una vez caducada la norma el 31 de diciembre, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) habilitó, a partir del primer día de 2024, la exportación de cortes bovinos frescos y de los denominados cortes preferidos frescos, enfriados o congelados.
La medida también dejó sin efecto la diferenciación para la exportación de vacas de las categorías D y E y de toros, sobre los que hasta ahora no se aplicaban esas suspensiones.
En virtud de esta situación, el Senasa actualizó los procedimientos al nuevo contexto y adecuó a las nuevas condiciones los servicios de inspección veterinaria y los sistemas informáticos, particularmente el de certificación de exportaciones, que entrarán en vigencia a partir del primer día del próximo año.
De ese modo, desde el 1° de enero de 2024 se pueden exportar los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.
También se podrán enviar al exterior los siguientes cortes preferidos (frescos, enfriados o congelados): asado con o sin hueso; falda; matambre; tapa de asado, nalga; paleta y vacío.