La nocturnidad en la ciudad de Rosario es un tema de debate que lleva más de ocho años de discusión sin obtener un resultado positivo. A medida que fue pasando el tiempo, los nuevos usos y costumbres de los jóvenes se fueron afianzando, lo que profundizó aún más la grieta entre la legislación vigente y las nuevas conductas nocturnas. Ahora el Municipio y el Concejo se pusieron firmes y pretenden aggionar la ordenanza vetusta para "ordenar" la noche, después del impacto de la pandemia.
No solo es vertiginoso el cambio de usos y costumbres propuestos por los avances tecnológicos, sino que las nuevas generaciones instalaron nuevas modalidades de diversión nocturna, dejando muy vetustas las legislaciones que tratan de "regular" los excesos que se suscitan a lo largo de las madrugadas rosarinas. Es por esto, que tanto el Concejo como la Municipalidad, están preocupados por aprobar sí o sí en este año un nuevo proyecto de nocturnidad.
El boom de los bares cerveceros, por ejemplo, modificó la conducta de los jóvenes de la ciudad que se desplazaron de los boliches a los pubs. Este nuevo emergente que se instaló para perdurar, elevó nuevos reclamos y conflictos entre los vecinos de Pichincha, la zona predilecta para la apertura de nuevos espacios gastronómicos, y las autoridades municipales.
Si bien es cierto que el control en Rosario distaba mucho que desear, también es correcto que los agentes municipales cuentan con la única arma posible de utilizar contra los excesos en la vía pública que es la legislación vigente. La famosa ordenanza 7.218 es una norma muy completa para los usos y costumbres del siglo pasado que nada tienen que ver con los actuales.
Tras innumerables audiencias privadas y públicas, con participación de diversos actores, todo indicaría que n la sesión de este jueves, en el recinto del Concejo Municipal, se aprobaría finalmente una nueva ordenanza de Nocturnidad, después de más de 20 años de sostener una normativa vetusta.
En concreto, en este proyecto, lo principal que se aprobaría es estirar la noche hasta las 6 de la madrugada para locales con más de 300 metros cuadrados de superficie, y hasta las 4.30 para bares con metraje inferior a ese número.
Además, se agregaría la subdivisión de la licencia de sonido que se diferenciará entre "difusión musical" y “música ambiente”, según supere o no el máximo de 60 decibeles. La primera de estas categorías será la que permita a los establecimientos difundir música por medios electrónicos y realizar espectáculos en vivo.
A su vez, un dato no menor es que los centros culturales también tendrían su tratamiento especial; están participando de las discusiones en un texto paralelo a la norma que busca reemplazar a la ordenanza 7.218 sancionada en 2001 que quedó desactualizada y que diferenciaba locales con actividades bailables de los no bailables.
Por eso, con las modificaciones se reconocería a los que desarrollan actividades culturales y artísticas atravesadas por la formación y que, en mayor medida, las realizan en horario diurno.
En busca de recuperar la noche
Entre los puntos más importantes, se impuso estirar la noche en grandes superficies hasta las 6 de la mañana y en los bares de menos de 300 metros cuadrados hasta las 4.30. Además, se intentará encontrar el OK de bolicheros y de los clientes que asisten a los locales en busca de que estén "contenidos" hasta más tarde. Una forma de impedir concentraciones y ruidos que atenten contra la convivencia con los vecinos del entorno.
Otro ítem para destacar es que los locales podrán tener un máximo de cuatro personas por cada 2,30 metros cuadrados de superficie útil, con un margen flexible en función de la cantidad y ancho de las salidas de emergencia, los servicios sanitarios y las condiciones de insonorización. Los subsuelos o plantas altas deberán contar con medios de evacuación en forma directa a la vía pública.
Un dato no menor es que todos los establecimientos que pretendan obtener la licencia de difusión musical deberán cumplir con los límites máximos. La futura norma recoge otro límite: los locales que admitan hasta 500 personas con un máximo de 300 metros cuadrados de superficie no podrán instalarse a menos de cien metros de establecimientos de salud con internación, geriátricos y salas velatorias.
Cada solicitante tendrá que cumplir con un informe de un ingeniero de sonido. En tanto, quienes tramiten la licencia podrán solicitar escenario, aunque cumplimentando los requisitos técnicos que establezca la autoridad de aplicación.
Otro tema: las "fuentes sonoras al aire libre". La licencia de difusión musical podrá autorizarlas a cielo abierto, pero no deberán tener vecinos linderos a una distancia menor a cien metros.
Nuevo rubro
La futura ordenanza incorpora otro rubro: el "apto gastronomía", tanto de locales con elaboración de alimentos en el establecimiento como aquellos sin.
Se habilita a que asociaciones civiles sin fines de lucro cuyas actividades se desarrollen en clubes, sindicatos y en sus sedes sociales puedan gozar de una licencia eventual que podrá ser permanente o no.
La noche se amplía aún más bajo el rubro "permisos especiales" para la realización de eventos o fiestas que por sus características no se desarrollen en lugares habilitados a tal fin.
Tema seguridad: los licenciatarios tendrán a cargo la custodia interna y propender a evitar todo hecho que atente contra el descanso de los vecinos y el entorno incluyendo la higiene en las aceras, con una desconcentración ordenada de los asistentes.
Se le exigirá al empresario capacitación de su personal en temáticas como violencia de género e inclusión social.