La Cámara de Casación de Paraná, integrada por Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo, resolvió este viernes 13 de diciembre rechazar el recurso de Casación interpuesto por los defensores de Pedro Ángel Báez, Ignacio Díaz y José Velázquez, contra la resolución dictada el 22 de noviembre de 2024, por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, la que, en consecuencia, se confirma.
Así, la Cámara confirmó la resolución del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado en la oportunidad por María Carolina Castagno, Julián Vergara y Elvio Garzón, que resolvió “hacer lugar al pedido formulado por los representantes del Ministerio Público Fiscal”, y dispuso la prisión preventiva del imputado y ordenó inmediata detención y posterior traslado a la Unidad Penal N° 1 de Paraná.
La cuestión a dirimir por la Casación consistió “en determinar si la resolución que dispuso hacer lugar al pedido de prisión preventiva requerida por la Fiscalía resulta arbitraria como lo sostiene la defensa del condenado Báez, o bien se ajusta a derecho como lo afirma la fiscalía”. La defensa planteó dos agravios: “1) Ausencia de acuerdo genuino en los votos de la mayoría. 2) Ausencia de motivación de los votos de la mayoría”.
La Cámara sostuvo que “a esta altura, cabe concluir que: los votos que conforman la mayoría de la resolución impugnada confluyen de manera armónica en sus argumentos, y que allí se analizó la razonabilidad y proporcionalidad de la medida cautelar y se valoraron las constancias que determinaron la existencia de riesgos procesales”.
RIESGO DE FUGA
Asimismo, las camaristas señalaron que “por otra parte también han quedado comprobadas las facilidades con las que Báez cuenta para abandonar el país o permanecer oculto, en tanto cuenta con recursos económicos y tiene capacidad para trasladarse de un lugar a otro”. Agregaron que “de allí que no pueda resultar desproporcionado y menos irracional, pronosticar que, así como se sirvió de su cargo público y de la estructura creada para cometer los delitos, se servirá de esas mismas circunstancias, más la disponibilidad de los elevados montos de dinero (de los que sigue disponiendo, porque el Estado aún no los recuperó), para eludir el cumplimiento de la condena, fugándose”.