LUCÍA TORRES
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El Gobierno municipal de Chajarí firmó un convenio, ratificado por el Concejo Deliberante, con la empresa Worms Argentina SA, que es la que se ocupa de estas tareas.
En la primera carga se trasladaron 301 neumáticos. Cabe recordar que la rúbrica del primer convenio para el traslado y disposición final de los neumáticos fuera de uso se concretó el 9 de agosto pasado, entre el Gobierno Municipal y la firma Worms Argentina SA. En el mes de septiembre se firmó un nuevo documento con modificaciones aprobadas por el Concejo Deliberante luego de que el acuerdo original fuera enviado para su ratificación.
En la primera cláusula del nuevo convenio se indica que “el Municipio se obliga a entregar a la empresa sin costo alguno, los neumáticos fuera de uso (NFU), que se encuentren en la Planta, a la fecha de la firma del presente, debiendo la empresa expedir al personal municipal encargado, al momento de su entrega, constancia y/o recibo del total de neumáticos que retira”.
En la cuarta clausula se establece que “el plazo de vigencia del presente convenio tendrá una duración de 12 meses, a partir de la firma”, reemplazando el texto que indicaba que “el convenio rubricado tendrá vigencia hasta el 9 de diciembre de 2023 y/o hasta agotar stock existente en la Planta, pudiendo renovarse el mismo por un periodo igual, siempre y cuando continúe habiendo neumáticos fuera de uso”. Además, se agrega el artículo “el municipio queda liberado de daños y perjuicios que padezca la empresa en sus personas y/o bienes y/o terceros, originados a causas de accidentes. Queda expresamente establecido que la empresa resulta exclusivamente responsable de cualquier accidente de trabajo y/o daño y perjuicio que sufran los empleados o dependientes, así como también por cualquier uso derivado de los NFU. La empresa asume expresamente, a partir de la fecha de la firma del presente convenio, el riesgo y la responsabilidad que pueda derivarse del retiro de los NFU, liberando de todo tipo de responsabilidad al Municipio”.
Estas modificaciones están establecidas en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2724/2022, sancionada el 7 de septiembre, expresando en su Artículo 2º que “en cuanto la firma del nuevo convenio contemple las modificaciones enumeradas en el Artículo 1º no será necesaria su ratificación por el Concejo Deliberante”.
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El Gobierno municipal de Chajarí firmó un convenio, ratificado por el Concejo Deliberante, con la empresa Worms Argentina SA, que es la que se ocupa de estas tareas.
En la primera carga se trasladaron 301 neumáticos. Cabe recordar que la rúbrica del primer convenio para el traslado y disposición final de los neumáticos fuera de uso se concretó el 9 de agosto pasado, entre el Gobierno Municipal y la firma Worms Argentina SA. En el mes de septiembre se firmó un nuevo documento con modificaciones aprobadas por el Concejo Deliberante luego de que el acuerdo original fuera enviado para su ratificación.
En la primera cláusula del nuevo convenio se indica que “el Municipio se obliga a entregar a la empresa sin costo alguno, los neumáticos fuera de uso (NFU), que se encuentren en la Planta, a la fecha de la firma del presente, debiendo la empresa expedir al personal municipal encargado, al momento de su entrega, constancia y/o recibo del total de neumáticos que retira”.
En la cuarta clausula se establece que “el plazo de vigencia del presente convenio tendrá una duración de 12 meses, a partir de la firma”, reemplazando el texto que indicaba que “el convenio rubricado tendrá vigencia hasta el 9 de diciembre de 2023 y/o hasta agotar stock existente en la Planta, pudiendo renovarse el mismo por un periodo igual, siempre y cuando continúe habiendo neumáticos fuera de uso”. Además, se agrega el artículo “el municipio queda liberado de daños y perjuicios que padezca la empresa en sus personas y/o bienes y/o terceros, originados a causas de accidentes. Queda expresamente establecido que la empresa resulta exclusivamente responsable de cualquier accidente de trabajo y/o daño y perjuicio que sufran los empleados o dependientes, así como también por cualquier uso derivado de los NFU. La empresa asume expresamente, a partir de la fecha de la firma del presente convenio, el riesgo y la responsabilidad que pueda derivarse del retiro de los NFU, liberando de todo tipo de responsabilidad al Municipio”.
Estas modificaciones están establecidas en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2724/2022, sancionada el 7 de septiembre, expresando en su Artículo 2º que “en cuanto la firma del nuevo convenio contemple las modificaciones enumeradas en el Artículo 1º no será necesaria su ratificación por el Concejo Deliberante”.
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