La destituida fiscal Cecilia Goyeneche había solicitado al Superior Tribunal que deje sin efecto lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento y se la restituya en el cargo. Se entendió que el criterio del Jurado de Enjuiciamiento respecto del mérito hallado para resolver la destitución de Goyeneche “no posee fisuras argumentales que ameriten su descalificación por medio del recurso extraordinario, ni se advierte una clara arbitrariedad que habilite el uso del mismo”, según un comunicado emitido este viernes 10 de marzo por la prensa de Tribunales.
También recordó que el control político de los funcionarios del Estado “es llevado adelante por otro órgano constitucional, como el Jurado de Enjuiciamiento, de manera exclusiva y excluyente”.
Los fundamentos de la resolución del STJ estuvieron a cargo del vocal Miguel Ángel Giorgio, quien al analizar la admisibilidad del recurso extraordinario de inconstitucionalidad sostuvo que el mismo “no se encuentra expresamente previsto en dicha ley”.
En relación a los cuestionamientos de la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de “separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal, sustituyéndolo por quien corresponda actuar como fiscal ad hoc”, Giorgio se limitó a recordar que la cuestión quedó cerrada con la acción de amparo cuyo capítulo final concluyó con la sentencia del STJ del 18 de mayo de 2022, que resolvió rechazarlo”.
En un extenso escrito, el vocal Giorgio dice entre otras cosas que “como se aprecia, la solución adoptada por el Jurado de Enjuiciamiento, lejos de ser equivocación grosera, inconcebible, irrazonable y arbitraria, como denuncia Cecilia Goyeneche, conforme el análisis hasta aquí desarrollado, luce razonable”.
Los vocales Leonardo Portela, Jorge Pirovani, Germán Carlomagno y los vocales del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Gervasio Labriola, Paola Firpo y Alejandro Grippo adhirieron al voto del vocal Giorgio, mientras que el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Walter Carballo y la vocal del STJ, Susana Medina, se abstuvieron.