Hasta 2029

Estas son las autoridades nuevas del MPA y la Defensa Penal en Santa Fe

Por primera vez, dos mujeres ocuparán los cargos principales: María Cecilia Vranicich como fiscal general y Estrella Moreno como defensora. Perfil de los nombrados en cada circunscripción y un panorama de la situación en todos los distritos.

15-04-2023 | 8:01 |

La Legislatura santafesina aprobó los pliegos este jueves.
Foto:Archivo.

La Legislatura santafesina aprobó los pliegos para renovar la conducción del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, cuyos integrantes deberán jurar y asumir en sus cargos luego del 20 de este mes, una vez vencido el mandato de las actuales autoridades.

Luego de los concursos respectivos (atravesados por algunos sobresaltos) y emitidas por el Consejo de la Magistratura las ternas de propuestos para cada uno de los cargos, el Poder Ejecutivo eligió un candidato y envió a la Legislatura los pliegos correspondientes. Si bien en general la selección final fue hecha por el gobernador tomando en cuenta el orden de mérito surgido en las ternas, también primó la idea de asegurar suficiente nivel de consenso.



Y efectivamente así sucedió en el trámite de votación en la Asamblea Legislativa, exceptuando el caso de los dos pliegos que resultaron rechazados: Orlando Toniolo para fiscal regional de Rafaela y Gonzalo Javier Armas para defensor regional de Santa Fe. Estos cargos deberán ser provisoriamente subrogados y luego sometidos a un nuevo proceso concursal.

En tanto, el listado de las nuevas autoridades quedó definido por el aval prestado a los candidatos propuestos por Omar Perotti, que tendrán mandato por seis años. Es decir que abarcarán el final de la actual gobernación, la totalidad de la próxima y el inicio de la siguiente.

El pliego de María Cecilia Vranicich, como fiscal general del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe fue votado por unanimidad con 64 votos por la afirmativa, ninguno por la negativa y sin abstenciones. Lo mismo, María Eugenia Iribarren como fiscal regional del Ministerio Público de la Acusación - Circuns. Judicial Nº 2 - Sede en la Ciudad de Rosario. Idéntico respaldo logró Jorge Alberto Nessier como fiscal regional del Ministerio Público de la Acusación - Circuns. Judicial Nº 1- Sede en la Ciudad de Santa Fe.

En tanto, también para el máximo cargo del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, su próxima titular, Estrella Jorgelina Moreno Robinson como defensora provincial concitó idéntico nivel de consenso. Para los restantes postulantes el aval de la mayoría fue sin objeciones, más allá de algunas abstenciones.

Así, se consagró a Matías Sebastián Merlo como fiscal regional del Ministerio de la Acusación - Circuns. Judicial Nº 3 - Sede en la Ciudad de Venado Tuerto; Rubén Daniel Martínez como fiscal regional del Ministerio Público de la Acusación - Circuns. Judicial Nº 4 - Sede en la Ciudad de Reconquista; y Leandro Luis Mai como Auditor General de Gestión del Ministerio Público de la Acusación. En el último caso, varios diputados del justicialismo optaron no votar para mostrar su desacuerdo con su actuación en un caso de toma de tierras en el norte provincial.

Por otra parte, idéntico respaldo unánime llegó para Jorge Leandro Miró como defensor regional del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de la Provincia de Santa Fe - Circuns. Judicial Nº 1 - Sede en la Ciudad de Santa Fe; María Valeria Lapissonde como defensora regional del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de la Provincia de Santa Fe - Circuns. Judicial Nº 4 - Sede en la Ciudad de Reconquista; y Carlos María Flores Zanella como Defensor Regional del Servicio Público Provincial de Defensa Penal de la Provincia de Santa Fe - Circuns. Judicial Nº 5 - Sede en la Ciudad de Rafaela.

Cómo funciona el sistema

El nuevo sistema procesal penal fue puesto en vigencia el 10 de febrero de 2014, incorporando el procedimiento acusatorio en reemplazo del inquisitivo, a tono con las exigencias de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella.

En el nuevo sistema se reemplaza al expediente por audiencias orales y públicas en las que las partes exponen sus puntos de vista cara a cara con el juez. La víctima pasa a ocupar ahora el centro de la escena, con más derechos, más asistencia y contención, y una nueva participación activa en el proceso. Toda la actividad se realiza ahora en forma oral y ante el público presente, que de esta manera puede controlar la actuación de las partes, los dichos de testigos y peritos y, por último, la sentencia de los jueces.

El nuevo proceso penal asigna la tarea de perseguir penalmente al representante del Ministerio Público de la Acusación (fiscal), posibilitando a la víctima asumir la misma tarea (querellante).

Entre las facultades de acusación se encuentran las de investigar el hecho delictivo para determinar su existencia y quienes hayan participado del mismo; aportar los medios de prueba que se consideren necesarios y acusar penalmente.

Frente a esta actividad acusatoria se encuentra el imputado del delito, quien también tiene amplias facultades para defenderse por sí y a través de su abogado defensor, también aportando las pruebas que considere necesarias a esos fines, planteando su versión sobre lo ocurrido con absoluta libertad.

Por último, el conflicto planteado es resuelto por el juez penal, quien no está involucrado con los intereses de las partes: ya no participa en la investigación, como antes, sino que es un tercero imparcial que resuelve el caso según las pruebas aportadas por la partes durante el desarrollo del juicio.

El nuevo Código Procesal Penal establece plazos breves para el desarrollo de las distintas etapas del proceso e introduce distintas herramientas procesales que procuran la finalización rápida del juicio penal, como el procedimiento abreviado.

Además, establece alternativas a la aplicación de penas, considerando las particularidades del caso (delitos menores) y privilegiando fundamentalmente la voluntad de las partes en el conflicto concreto (víctima e imputado) y la reparación de los daños y perjuicios derivados del hecho delictivo.

 


Temas: Gobierno Justicia Derechos Humanos y Diversidad Actualidad 
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Autor:

Emerio Agretti

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