Licitaciones cuestionadas

Piden el sobreseimiento del exintendente de Villa Urquiza

La licitación de dos puestos comerciales ubicados en el camping municipal generó un conflicto penal que llevó al banquillo de los acusados al exintendente de Villa Urquiza y a un agente municipal que se desempeñaba en Rentas de la comuna y fue beneficiado con la concesión de uno de los puestos.

08-11-2023 | 10:32 |

La jueza de Garantías de Paraná, Carola Bacaluzzo, dará a conocer en el plazo de Ley su decisión respecto del pedido de sobreseimiento que formalizó el fiscal, Ignacio Aramberry, con el acompañamiento de las defensas de Alberto José Gastiazoro, de 75 años, quien era intendente de Villa Urquiza al momento de las denuncias; y de Arnoldo Schmaedke, de 53 años, que se desempeñaba en el área de Rentas de aquella comuna.

El exintendente fue imputado de los delitos de Negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal con abuso de autoridad en calidad de autor, dos hechos, en concurso real.

El expresidente municipal de Villa Urquiza, fue acusado de los siguientes hechos: el primero consistió en que en “su condición de presidente del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Villa Urquiza, se interesó indebidamente en que la licitación Nº 001/17, dispuesta mediante Decreto Nº 045/17 PMVU, del 8 de septiembre de 2017, tendiente a otorgar la concesión de permiso precario de uso del puesto Nº4 ubicado en el Camping Municipal de dicha localidad, le sea adjudicada a Arnoldo Schmaedke, y pese a que éste se desempeñaba como encargado del área de Rentas de ese mismo municipio. Finalmente, el 20 de octubre de 2017, emitió el decreto Nº053/17 PMVU, efectivizando la adjudicación en favor del antes nombrado, infringiendo lo dispuesto en el artículo 161, in fine, de la Ley 10.082”.

El segundo hecho consistió en que “en su condición de presidente del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Villa Urquiza, se interesó indebidamente en que la licitación Nº 001/18, dispuesta mediante Decreto Nº 063/18 PMVU, de fecha 10 de septiembre de 2018, tendiente a otorgar la concesión de permiso precario de uso del puesto Nº4 ubicado en el Camping Municipal de dicha localidad, le sea adjudicada a Arnoldo Schmaedke, y pese a que éste se desempeñaba como encargado del área de Rentas de ese mismo municipio. Finalmente, el día 21 de octubre de 2018, emitió el decreto Nº078/18 PMVU, efectivizando la adjudicación en favor del antes nombrado, infringiendo lo dispuesto en el artículo 161, in fine, de la Ley 10.082”.

En la audiencia, la jueza consultó al fiscal sobre los motivos por los que instaba la desvinculación de los imputados. En este sentido, preguntó si era por atipicidad de las figuras endilgadas o por falta de pruebas. El fiscal precisó que fue porque no contaba con los elementos suficientes para requerir la remisión de la causa a juicio. Abundó que el elemento central de la figura de Negociaciones incompatibles, que es la acción de interesarse para beneficiarse a sí mismo o a un tercero, no se pudo determinar con el grado de probabilidad que la instancia procesal requiere para continuar el proceso.

También se señaló que la Comisión de Compras de la Municipalidad aconsejó la adjudicación a Schmaedke, y que tal decisión no fue objetada por el Tribunal de Cuentas de la provincia. El fiscal argumentó que hubo casos en los que Fiscalía solicitó la remisión a juicio porque contaba con un “cúmulo de elementos” que en esta causa no obtuvo. Así, entendió que debía prevalecer en el caso una interpretación administrativa y no penal, puesto que se estaría ante un error de carácter administrativo.

José Barbagelata Xavier, defensor de Gastiazoro, reconoció que las normas vedan el acceso a salidas alternativas a funcionarios públicos investigados por supuestos delitos contra la Administración Pública, y entendió que se debía valorar que el Municipio privilegia la concesión a nativos de la comuna con el objetivo de garantizar un servicio relacionado con un vector de la economía local, como lo es el turismo. También señaló que Schmaedke, a pesar de ser empelado municipal, se desempeñaba en un área en la que no tenía ninguna posibilidad de influir en las licitaciones y posteriores adjudicaciones.


 
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