Este martes 19 de marzo, en el salón de audiencias Nº 3, se realizó la audiencia en la que se conoció la resolución respecto del pedido de Suspensión del juicio a prueba o Probation, que Fiscalía y defensa acordaron respecto de la situación de OMP, que fue imputado del delito de Usurpación de título. En este sentido, la jueza de Garantías de Paraná, Carola Bacaluzzo, resolvió hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba de OMP, por el plazo de un año, estableciéndose como reglas de conductas, entre otras, la realización de 96 horas de trabajos comunitarios.
Además, la jueza dispuso tener “presente el ofrecimiento del lugar de cumplimiento, lo que deberá ser articulado ante la Oficina de Medios Alternativos (OMA); y la prohibición de realizar actos molestos, violentos o perturbadores en contra de LLF” y “tener por aceptado el ofrecimiento de reparación económica del monto de 5.000 pesos, debiendo efectivizarse el pago en una sola cuota dentro del plazo de 30 días a contar del día de la fecha”.
El acuerdo para solicitar la procedencia del instituto se realizó entre la fiscal Mercedes Nin y los defensores Lucio Panozzo y Ricardo Mulone. En la audiencia, la fiscal informó que “la víctima del presente manifestó expresamente estar de acuerdo en la salida alternativa y en cuanto a la reparación económica ofrecida, también fue aceptada”. Este punto fue uno de los que advirtió Bacaluzzo que no se cumplió en la anterior audiencia, cuando se puso en su conocimiento el pedido de suspender el proceso a prueba.
El otro punto que la jueza observó fue que faltaba la correspondiente notificación a la víctima de las conversaciones y tratativas para dirimir el conflicto a través de una salida alternativa al juicio plenario. Este también quedó subsanado a partir de la manifestación de la fiscal informando que se comunicó con el hombre que realizó la denuncia el 17 de mayo de 2022.
EL HECHO
OMP fue imputado de que “sin poder precisar la fecha exacta, pero al menos durante los primeros meses de 2022, ejerció actos propios de la Psicología, no contando con el correspondiente título habilitante para la realización de tales prácticas, conforme lo previsto en las leyes que regulan el ejercicio de la psicología en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, actividad que llevaba adelante en calle Ramírez y Moreno, de Paraná”.