El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Gervasio Labriola, dará a conocer en el plazo de ley su resolución respecto del pedido de nulidad de las medidas cautelares dispuestas el 18 de diciembre de 2023 por el juez de Garantías de Paraná, Elvio Garzón. Las medidas fueron solicitadas por Fiscalía. La defensa del exgobernador Sergio Urribarri; y del empresario paraguayo, Diego Armando Cardona Herrero, en manos de Miguel Ángel Culle y José Velázquez, respectivamente, solicitó que sean anuladas por falta de fundamentación y porque Garzón se excedió al dictar decomisos que no fueron solicitados por los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano y triplicar los montos a embargar en base a un cálculo efectuado por Fiscalía, diferente al que surgió del informe que realizaron peritos de aquel organismo.
Los fiscales se opusieron al pedido y solicitaron al juez que ratifique en todos sus términos la resolución dictada por Garzón. Entendieron que está justificada la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora para dictar las medidas y que el juez tomó sus argumentos porque estaban suficientemente fundamentadas en el escrito de remisión de la causa a juicio, añadiendo que “no tiene fallas lógicas”, y defendieron que cuando Garzón se equivocó, lo rectifico. Fue en referencia a la crítica de la defensa que puntualizó que Garzón fue más allá del pedido de los fiscales y dictó una resolución “no jurídica” que es producto sólo de “la voluntad del juez”, de quien desestimó que haya incurrido en un error puesto que se trata de un magistrado de larga trayectoria que conoce el Derecho. También cuestionó que Garzón emitió la resolución basándose en los dichos de los fiscales en un escrito de remisión de la causa a juicio que está recurrido y la audiencia para discutirlos aún no se realizó.
Cullen aclaró que recurría la resolución de Garzón porque entendió que tiene 84 páginas en las que no se da cuenta de ninguna evidencia que permita avizorar que Urribarri realizó movimientos patrimoniales que hagan sospechar la realización de maniobras para desapoderarse de bienes que serían, en caso de ser nuevamente condenado, destinados a que el Estado cobre la multa por los montos atribuidos.
También sostuvo que Garzón hizo caso absoluto a las opiniones volcadas por los fiscales en el escrito de pedido de remisión de esta causa a juicio, sin aportar ningún elemento que permita dictar la medida cautelar solicitada. En este sentido añadió que Urribarri siempre estuvo a derecho, renunció a fueros cuando los tuvo e hizo levantar el secreto bancario de sus cuentas. Así, se preguntó por qué a ocho años de iniciada la investigación se solicitaron fuertes medidas de restricción de acceso al propio patrimonio.