Caso Goyeneche

La defensa de los policías cuestionó la autopsia

Defensa de policías imputados por la muerte de Ariel Goyeneche cuestionó que la autopsia no estudió una “partícula extraña” que pudo causar la asfixia

04-07-2024 | 17:52 |

Damián Petenatti, uno de los defensores de los policías implicados en el caso Goyeneche.
Foto:Néstor Belini

La defensa de dos de los efectivos imputados por la muerte de Ariel Goyeneche criticó el informe autópsico que determinó la presunta mecánica de la asfixia y generó la imputación de los efectivos que intervinieron en el procedimiento de reducción de una persona.

Cuestionó que tuvo “severos e irremediables defectos” y añadió que no se estudió “la presencia de una partícula extraña en su tráquea, corroborada por la propia médica forense que efectuó la necropsia y con suficiente entidad para provocar una asfixia mecánica”.

La defensa de dos funcionarios de la Policía de Entre Ríos que fueron imputados por el fiscal Santiago Alfieri por su presunta responsabilidad en la muerte de Ariel Goyeneche, que falleció durante un procedimiento de reducción de una persona que comenzó el lunes 12 de febrero a la madrugada en calle Piedrabuena y culminó de la peor manera en la vereda frente a comisaría segunda de Paraná, a metros de la sede de la Jefatura Departamental Paraná, cuestionó el informe de la autopsia en el que se daba a conocer que la muerte del hombre de 38 años se produjo por asfixia por compresión toraco abdominal.

Mirador Entre Ríos accedió al comunicado que emitieron los abogados defensores, Damián Petenatti, Iván Vernengo y Daniel Rosatelli, tras la decisión del fiscal Santiago Alfieri de llamar a prestar declaración de imputado a los policías que intervinieron en el procedimiento de custodia donde Ariel Goyeneche perdió la vida.

El comunicado consta de ocho puntos. El primero sostuvo que “el acto de imputación y la calificación legal de los hechos es esencialmente provisoria, y de ninguna manera implica que la investigación esté finalizada; por el contrario, desde el punto de vista de la defensa, aquella recién comienza a desarrollarse, ya que a partir de ella es que los imputados pueden conocer precisamente de qué hecho concreto se los está acusando, circunstancia que hasta el momento no se sabía”.

El segundo, que “las medidas de prueba continuarán su curso y una vez que pueda entenderse definitivamente finalizada, recién allí la Fiscalía podrá determinar –según su criterio– si esta imputación actual es ajustada o no a lo que realmente ocurrió en aquel hecho o, por el contrario, debe modificarse”.

El tercero sostuvo que “como es sabido, esta decisión se tomó luego de transcurrido casi cinco meses de aquel suceso, lo cual explica claramente la complejidad de los hechos y ha sido motivada por la conclusión del informe autópsico que indica como supuesta causa de muerte, una compresión toraco abdominal en la persona de Ariel Goyeneche”.

El cuarto precisó que “ante la gran cantidad de información que ha cubierto periodísticamente el caso, la defensa de los dos funcionarios que trasladaron a Ariel Goyeneche manifiestan que todos los estudios existentes hasta el momento, han sido profundamente examinados por el consultor privado del equipo de la defensa, doctor Oscar Rafael Chiappetti, un experimentado y solvente médico legista con más de 40 años de trayectoria, 23 de los cuales los ha ejercido dentro del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de Entre Ríos”.

El quinto planteó que “de dicho informe privado, que será presentado para conocimiento del Sr. Fiscal de la causa al concluir la inminente feria judicial de invierno, se observan severos e irremediables defectos en la autopsia practicada a Ariel Goyeneche, junto a omisiones en la consideración rastros presentados en su cuerpo que no fueron debidamente estudiados ni abordados, entre ellos, la presencia de una partícula extraña en su tráquea, corroborada por la propia médica forense que efectuó la necropsia y con suficiente entidad para provocar una asfixia mecánica, circunstancia que resulta absolutamente ajena a la intervención de nuestros defendidos, al igual que otros signos presentados en la autopsia que los alejan de haber provocado su muerte”.

En el sexto se sostuvo que “al mismo tiempo, el experto ha podido concluir que del estudio anatomopatológico y fotografías de la autopsia, ninguna de las características propias de ese especial tipo de asfixia (toraco abdominal) se encontraban presentes en el cuerpo de Ariel Goyeneche”, en tanto que en el séptimo se postuló que “las observaciones y medidas de prueba pendientes, deberán continuar para obtener los elementos necesarios que permitan concluir con los motivos del deceso”.

Finalmente en el octavo, se indicó que “es auspicioso que de aquí en el futuro, se capacite a funcionarios de la fuerza de seguridad en el tratamiento de personas con problemas de salud mental y/o bajo los efectos de estupefacientes, circunstancia que a la fecha de los hechos no existía en la fuerza policial de la provincia, como así tampoco formación alguna para afrontar tal eventualidad, careciendo los funcionarios investigados de los conocimientos propios para obrar de un modo distinto lo que, por ello mismo, no era exigido por la ley vigente”.


 
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