Audiencia

Señalan vínculo entre un estudio jurídico y una jueza que no acepta su recusación

Se trata de la relación que mantuvo en los comienzos de su carrera la ahora jueza Marina Barbagelata, con el estudio del reconocido abogado, Julio Federik, cuando este defendió a Domingo Daniel Rossi en la causa por enriquecimiento ilícito que derivó en una codena en 2006 que será revisada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

07-08-2024 | 19:08 |

Foto:Néstor Belini

En una audiencia que se realizó este miércoles 7 de agosto, en los Tribunales de Paraná, Guillermo Reggiardo, defensor de Domingo Daniel Rossi, actual intendente de Santa Elena, y de Patricia Díaz, actual senadora por Unión Por la Patria-Más para Entre Ríos y pareja de Rossi, fundamentó el pedido de recusación que presentó contra la jueza Marina Barbagelata, para que no integre el Tribunal que juzgará a Rossi y Díaz.

El Tribunal de Juicio y Apelaciones, integrado por Santiago Brugo, Paola Firpo y Gervasio Labriola, dará a conocer su resolución en el plazo que determina la Ley.

Reggiardo expresó que con Barbagelata se estaba ante la misma situación que motivó a la jueza Matilde Federik a inhibirse. Reggiardo sostuvo que ambas integraron el estudio de Julio Federik, padre de Matilde, cuando éste defendió a Rossi en una causa que comenzó a sustanciarse en 1997 por el delito de enriquecimiento ilícito y terminó en 2006, con una condena que está en revisión en la CIDH.

El fiscal Gonzalo Badano pidió que se rechacen los pedidos de recusación de Barbagelata y también los de Alejandro Grippo, Carolina Castagno y Rafael Cotorruelo, porque en ninguno de los casos se configuraban los requisitos que exige el Código Procesal Penal (CPP) para recusar a un magistrado. En el caso de Barbagelata, reconoció que la jueza conocía a Rossi del estudio de Julio Federik cuando este defendió a Rossi en el juicio que se realizó en 2006. También dijo que aquel conocimiento era “normal”, “social”, que no revistió carácter profesional y llegó a memorizar que la jueza le dijo que “le abría la puerta” a Rossi cuando llegaba a hablar con su abogado.

Tras finalizar la defensa su fundamentación respecto de la recusación de Barbagelata, Brugo le informó que en la audiencia también se previó que se abordaran las recusaciones de Grippo, Castagno y Cotorruelo. El defensor le manifestó que sólo había preparado los argumentos para el pedido respecto de Barbagelata porque así fue notificado.

El juez le dijo que por cuestiones de “economía procesal” se abordarían todas, a lo que el defensor respondió que no fue notificado de que se iban a tratar todos los pedidos y que solo fue notificado del incidente acerca de Barbagelata, por lo que dejó reserva de tomar las medidas que correspondan.

Badano sí respondió los planteos respecto de los cuatro jueces recusados. Así, en relación a Grippo manifestó que no era suficiente causal de recusación que haya integrado como adscripto un equipo del Ministerio Público Fiscal que llevó adelante la querella contra Rossi en la primera causa por Enriquecimiento ilícito que se le sustanció desde 1997 y se resolvió en 2006.

Respecto de Cotorruelo sostuvo que no tenían sustento ninguna de las dos causales invocadas: la primera porque fue fiscal coordinador en la época en la que el fiscal Álvaro Piérola impulsaba la segunda causa por aquel delito; y la segunda, por las opiniones que emitió la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial respecto de manifestaciones que apuntaron a una supuesta mesa judicial para el armado de causas que habría integrado Piérola. Badano sostuvo que no hubo adelantamiento de opinión porque se trató de una “opinión institucional” y porque Cotorruelo no intervino, directamente, en ninguna causa contra Rossi y Díaz.


REVISIÓN


Reggiardo recordó que, en 2006, cuando Rossi fue condenado, el Tribunal que fue presidido por al actual procurador general de la provincia, Jorge García, emitió la sentencia condenatoria porque se probó que hubo un enriquecimiento por 5.000.000 de dólares. También manifestó que aquella condena fue “ilegal”.

Reggiardo destacó que en 2010 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió abrir un incidente para revisar la sentencia habida cuenta los señalamientos de la defensa de Rossi sobre serias irregularidades en el proceso.

También manifestó que la nueva causa investiga cuentas en Uruguay por 300.000 dólares, por lo que ironizó que se trataría de un supuesto de “empobrecimiento” y no de “enriquecimiento” puesto que a requerimiento de exhortos diplomáticos del fiscal Álvaro Piérola en el contexto de la nueva causa, el Scotiabak Uruguay SA respondió, en un informe firmado por los apoderados de aquella entidad, Gerardo Borggio Lorenzelli y Eduardo Pazos Facal, que “de diciembre 2007 a la fecha de cierre de las operaciones con el Banco en la cuenta solo entraron fondos de los valores y no por otros conceptos como podría ser depósitos o transferencias de efectivo”.


 
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