El Tribunal Oral Federal de Paraná, en su integración unipersonal en la vocalía de Noemí Berros, resolvió este viernes condenar a SVV, de 34 años, oriundo de Chajarí, Departamento Federación, con domicilio en San Benito, en el Departamento Paraná, a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 225 pesos como autor del delito de Tenencia simple de estupefacientes.
La jueza resolvió unificar la condena de un año de prisión de cumplimiento efectivo con la condena a la pena única de tres años, cuatro meses y ocho días de prisión que le fuera impuesta por el Tribunal de Juicio y Apelaciones N° 9 de Paraná, el 18 de mayo de 2023, y, en consecuencia, fijó la pena única y total de tres años, siete meses y ocho días de prisión.
La causa comenzó a partir de un informe realizado por la comisaria de San Benito en el que se detalló que “el 10 de diciembre del 2016, en ocasión de llevar adelante un allanamiento en calle Pública y Rivadavia de San Benito, ordenado por el juez de Garantías N° 4, Mauricio Mayer, el personal policial cercó el perímetro de la vivienda, dando aviso de viva voz de que un masculino identificado como SVV que se encontraba en el fondo de la propiedad había arrojado hacia el patio de una vivienda lindera lo que parecería un arma de fuego y envoltorios de nylon”.
Ante la situación se pidió ampliar la orden de allanamiento y se procedió a allanar la vivienda lindera, donde sus habitantes refirieron que “en momentos de encontrarse en el patio de su casa observaron que arrojaron desde la casa allanada hacia su patio unos elementos”.
El informe de vida y costumbres del acusado arrojó que convive con su concubina y dos hijas, la propiedad en la que vive es de sus padres; cuenta con luz eléctrica, agua corriente y se halla en buen estado de conservación. Sus vecinos manifestaron que tiene un excelente concepto, no se droga ni porta armas de fuego.
SVV registra antecedentes penales. En tanto, la pericia química realizada por Gendarmería Nacional Argentina arrojó que “los 36 envoltorios de plástico transparentes contienen clorhidrato de cocaína -en polvo- con un peso neto total de 4,690 gramos, una concentración promedio de su principio psicoactivo del 77%, con novocaína como sustancia de corte y aptitud para extraer de dicho material 36,1 dosis umbrales”.
La jueza indicó que “surge indubitable que el nombrado tenía en su casa y disponía plenamente del material estupefaciente del que infructuosamente intentó despojarse y que se secuestró, el que se encontraba dentro de su ámbito de custodia y bajo su personal disponibilidad, lo que lo emplaza –sin interferencias- en la calidad de autor”.