La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio por cerrado el capítulo de la sedición policial al rechazar el recurso extraordinario interpuesto por los efectivos levantiscos y confirmó las condenas a quienes se alzaron en 2013.
En uso de “facultades discrecionales” que le concede el artículo 280 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario y confirmó las condenas contra 17 policías entrerrianos por delitos de sedición agravada.
El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, en el primer acuerdo del año y en un intento por mostrar señales de cierta normalidad en el regreso de la actividad judicial tras la feria de enero, atravesada por las disputas internas y la incertidumbre sobre qué pasará con los candidatos del gobierno para completar el máximo tribunal.